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Presentación

Red Natura 2000

Natura 2000 es la red de espacios naturales protegidos la escala de la Unión Europea creada en virtud de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (Directiva hábitats), con objeto de salvaguardar los espacios naturales madres importantes de Europa. Se componen de zonas especiales de conservación (ZEC) declaradas por los Estados miembros con arreglo a la Directiva sobre hábitats y, además, de las zonas especiales de protección para las aves (ZEPA) que se designan de acuerdo con la Directiva aves (Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres).

  
 

Propuesta de ampliación de la red Natura 2000 de Galicia (Diciembre 2011)

La actual lista de lugares de importancia comunitaria (LIC) en Galicia fue considerada cómo insuficiente por parte de la Comisión Europea, por lo que es preciso completar la aplicación en Galicia de la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, con la aprobación de una nueva propuesta de LIC. La Comisión Europea, en sus Decisiones 2004/813/CEE (DOUE nº L 387, 29/12/2004) y 2006/613/CE (DOUE nº L 259, 21/09/2006), estableció para cada una de las regiones bioxeográficas y para cada estado miembro, las necesidades de mejora en la contribución a la red Natura 2000 que se debían contemplar en las futuras ampliaciones, corrigiendo las insuficiencias detectadas o mejorando la información.

Mediante lo  ANUNCIO del 21 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por lo que se acuerda someter a la participación del público la propuesta de ampliación de la red Natura 2000 de Galicia; se abrió un período de participación del público a la propuesta de ampliación de la red Natura 2000 de Galicia por el plazo de un mes, contado desde la publicación de esta resolución, con la finalidad de que todos aquellos interesados que se consideren directamente afectados puedan remitir observaciones y opiniones mediante escrito, dirigido a la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consellería de Medio Rural, San Lázaro s/n, 15781 San­tiago de Compostela, o a la dirección de correo electrónico ampliacionnatura2000.cmr.santiago@xunta.es

Posteriormente lo dicto plazo se amplía mediante ANUNCIO del 2 de febrero de 2012, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por lo que se acuerda ampliar el plazo de participación del público en la propuesta de ampliación de la red Natura 2000 de Galicia.

Dicho  plazo remata el 16 de marzo de 2012.

El documento que se somete a la participación del público es lo que aparece a continuación en formato pdf:

Anexo-I. Cartografía de los LIC ampliados (19 Mb)

Anexo-II. Cartografía de los nuevos LIC (14 Mb)

 

 

Declaración de zonas especiales de conservación (ZEC) y aprobación del Plan Director de la Red Natura 2000 de Galicia. (Marzo 2014)

 

 

El Plan Director de la Red Natura 2000 de Galicia es el instrumento básico para la planificación, ordenación y gestión en red de las zonas de especial conservación (ZEC) y de las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA). La aprobación de este instrumento permite la transformación de los 59 lugares de importancia comunitaria (LIC) en zonas de especial conservación (ZEC), dando así cumplimiento a las exigencias establecidas en la normativa estatal y europea, Directiva 92/43/CEE del Consejo, del 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (comúnmente llamada Directiva Hábitat) y Ley 42/2007, del patrimonio natural y de la biodiversidad.

El Plan Director es un plan de ordenación de los recursos naturales de todos los espacios incluidos en la Red Natura 2000 de Galicia. El Plan define un programa de medidas encaminado a armonizar la conservación de los hábitats y especies con los usos y aprovechamientos necesarios para garantizar el desarrollo de los habitantes del territorio incluido en la Red Natura 2000.

El objetivo principal del Plan es mantener o, si es el caso, restablecer un estado de conservación favorable de los hábitats naturales y de las especies de flora y fauna de interés para la conservación, teniendo en cuenta las exigencias económicas, sociales y culturales, así como las particularidades regionales y locales. Se trata también de desarrollar directrices y medidas coherentes con sus objetivos de conservación, así como hacer compatible la protección y conservación del desarrollo socioeconómico de los municipios incluidos en su ámbito de aplicación.

El Plan Director de la Red Natura 2000 de Galicia está constituido por los siguientes documentos: Documento de síntesis (pendiente de actualizar los apartados 9 y 10 para adaptarlos a los contenidos normativos del DECRETO 37/2014, de 27 de marzo, por el que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia); anexo I patrimonio natural y biodiversidad; anexo II marco normativo y programas; anexo III medio socioeconómico; anexo IV espacios del área litoral; anexo V humedales y corredores fluviales; anexo VI espacios de montaña y anexo VII georreferenciación.

 

Criterios sobre los usos permitidos en los terrenos dedicados a la actividad agropecuaria (agrícola, ganadera y forestal) en zonas de Red Natura 2000.
 
En medio rural de Galicia las actividades relacionadas con el sector primario (actividad agrícola, ganadera y forestal) tienen un marcado carácter tradicional, basado en la utilización racional de los recursos de una manera compatible con la conservación de los espacios naturales.
 
El Decreto 37/2014, de 27 de marzo, por el que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia, considera los usos permitidos como cualquier actividad compatible con los objetivos de la declaración de las ZEC y ZEPA y que puede, por lo tanto, desarrollarse sin limitaciones especiales, bien en su totalidad o bien en las áreas donde la categoría de zonificación así lo permita.
Se consideran usos o actividades permitidas aquellas de carácter tradicional que son compatibles con la protección del espacio natural porque no causan afección apreciable, y todos aquellos no incluidos en los grupos de actividades prohibidas o sujetas a autorización ni recogidos en la normativa específica contenida en el citado Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia.
Los usos permitidos no requieren autorización del órgano autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza, sin perjuicio del resto de autorizaciones sectoriales.
 

La Instrucción conjunta de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza y de la Dirección General de Ordenación y Producción Forestal, por la que se dictan los criterios comunes sobre los usos permitidos en los terrenos dedicados a la actividad agropecuaria en zonas de la Red Natura 2000, puede consultarse en el apartado de enlaces relacionados.

Documento/s relacionados
  • Instrucción conjunta de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza y de la Dirección General de Ordenación y Producción Forestal, por la que se dictan los criterios comunes sobre los usos permitidos en los terrenos dedicados a la actividad agropecuaria (agrícola, ganadera y forestal) en zonas de Red Natura 2000. Descargar
  • DECRETO 37/2014, de 27 de marzo, por el que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 Descargar
  • Delimitación (Mapa 1) Descargar
  • Unidades Ambientales (Mapa 2) Descargar
  • Valoración (Mapa 3) Descargar
  • Zonificación (Mapa 4) Descargar
  • Patrimonio natural y biodiversidad (Anexo I) Descargar
  • Marco normativo y programas (Anexo II) Descargar
  • Medio socioeconómico (Anexo III) Descargar
  • Espacios del área Litoral (Anexo IV) Descargar
  • Humedales y Corredores Fluviales (Anexo V) Descargar
  • Espacios de las áreas de Montaña (Anexo VI) Descargar
  • Georreferenciación (Anexo VII) Descargar
  • Documento de sintesis Descargar
Enlace/s relacionados